Apoyo a Empresariales por COVID-19


¡Fondo Tamaulipas se pone en tu lugar y te entiende!

SI LO NECESITAS, POSPONEMOS TUS PAGOS HASTA 3 MESES .

 

En Fondo Tamaulipas hemos implementado a beneficio de nuestros acreditados un plan de apoyo por la contingencia del COVID-19 y te damos la opción de solicitar congelar los pagos de tu crédito hasta 3 meses, te reiteramos que Fondo Tamaulipas está contigo en estos días difíciles y seguirá estado para ayudarte a crecer.

El apoyo a acreditados de Fondo Tamaulipas por COVID-19 consiste en: Posponer hasta 3 meses el pago de capital e interés mensual de tu crédito, sin generar intereses moratorios, esto te permitirá recuperarte de esta contingencia y continuar con tus pagos en el mes de julio.

Para acceder a este apoyo, deberás solicitarlo antes del 30 de abril del 2020

NOTA: Después de haber enviado la solicitud vía digital; tendrás un periodo de 60 días para hacernos llegar la solicitud firmada en original. 

¡CUALQUIER DUDA COMUNICATE CON NOSOTROS!

fondo.tamaulipas@tamaulipas.gob.mx

http://fondotamaulipas.gob.mx/

Tel: 834 172 6000

¡ESTAMOS PARA SERVIRTE!

-Preguntas Frecuentes-

  1. ¿En qué consiste el apoyo?

El apoyo consiste en no requerir el pago mensual (capital e intereses) de tu crédito durante 3 meses. Esto quiere decir que, si no realizas el pago correspondiente a estos meses, no afectaremos tu historial de crédito y no se cobrarán intereses ordinarios ni intereses moratorios.

  1. ¿Hasta cuándo puedo solicitar el apoyo?

Puedes solicitar el apoyo en cualquier momento, antes del 30 de abril de 2020.

  1. ¿Cómo solicito el apoyo?

Primero tienes que llenar la solicitud de apoyo vía on-line o por escrito y hacerla llegar a un analista. Cualquier duda puedes llamar al número 8341726000 o a través de tu analista de crédito.

  1. ¿Cualquier persona puede solicitar el apoyo?

No, lo debe solicitar el titular del crédito.

  1. ¿Qué documentación se requiere para solicitar el apoyo?
  • Solicitud de apoyo a acreditados de Inversión Tamaulipas por COVID-19, deberá presentarse por escrito de la interrupción de pago para el mes de abril, mayo y junio del 2020. (o formulario impreso del correo electrónico)
  • Comprobante de domicilio actualizado. (acreditados y obligados solidarios).
  • Identificación oficial de los firmantes (INE).

 

  1. ¿Hay condiciones o restricciones para solicitar el apoyo?

Es necesario estar al corriente en tus pagos al mes de marzo del 2020 al momento de solicitar el apoyo.

  1. ¿Si uno de los intervinientes del crédito no puede firmar, podría acceder a este apoyo?

No, es necesario que todos los firmantes del crédito firmen el adéndum.

  1. ¿Cómo saber si queda aplicado el ajuste y las nuevas condiciones de pago?

Se te confirmará la aplicación del apoyo así como el nuevo plazo de tu crédito por medio del analista de crédito.

  1. ¿Contar con este apoyo afectará mi buro de crédito?

No, mientras estés dentro de este apoyo no verá afectado tu Buro de Crédito.

  1. ¿Este beneficio modifica la mensualidad que vengo pagando?

No, al momento en que se reactive la obligación de pago, el cobro se hará con la misma mensualidad de tu calendario de pagos.

  1. ¿Cambiarán las condiciones de mi crédito Original?

Las condiciones del crédito se mantienen, lo único que cambiará es el plazo que incrementará 3 meses.

  1. ¿Una vez registrado, el apoyo aplica de forma automática?

No, una vez que recibas el adéndum, es necesario tu firma como titular del crédito y los requisitos que se mencionan en la pregunta 5.

  1. ¿Tengo que mantener el apoyo durante los meses solicitados?

Sí, dado que se firmará el adéndum se contarán con estas nuevas condiciones de crédito.

  1. ¿Si estoy inscrito en el apoyo, puedo realizar pagos a los créditos?

Sí, puedes realizar todos los pagos que decidas y con ello disminuye su saldo.

  1. Si en mi crédito participa una persona moral, ¿qué documentación debo incluir?

Además de tu identificación oficial deberás enviar:

  • Copia simple de acta constitutiva.
  • Copia simple de poder(es) si los hay.
  • Copia simple de identificación de los firmantes.
  1. ¿Los intereses se congelarán?

Sí, los intereses y el resto de los conceptos del pago mensual (Capital e intereses) se congelan.


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